El presidente Luis Abinader, reconoció ayer martes que la indexación salarial que manda el Código Tributario es una medida «justa y necesaria», pero advirtió que su aplicación implicaría una disminución de los ingresos del Gobierno, lo cual obligaría a reducir fondos destinados a áreas sensibles por su impacto social. 

«Si lo hacemos, hay que decir a quién le quitamos los recursos: ¿a salud, a educación?», se cuestionó Abinader, al destacar que el tema se encuentra bajo estudio y que se buscará una solución que no comprometa el equilibrio presupuestario.

El mandatario explicó que el Gobierno analiza cómo aplicar la indexación de la manera más equilibrada posible, consciente del impacto fiscal que representaría. Indicó que el tema se encuentra bajo estudio y se buscará una solución que no comprometa el equilibrio presupuestario.

El presidente admitió que la indexación salarial, que consiste en ajustar los tramos del impuesto sobre la renta según la inflación anual, no se aplica desde el 2017, a pesar de que el Código Tributario ordena su actualización automática cada año.

Añadió que la medida había sido contemplada dentro de la propuesta de la fallida reforma fiscal que el Gobierno propuso el año pasado, pero que fue rechazada por sectores que ahora reclaman la indexación.

No se discutirá en el Presupuesto del 2026

En el Congreso Nacional, el vicepresidente de la comisión bicameral que estudia el Presupuesto General del Estado para 2026, el senador Pedro Tineo, precisó que la pieza remitida por el Poder Ejecutivo no contempla la indexación salarial, ya que el tema se estudia de forma separada en un proyecto de ley que se encuentra en la comisión de Hacienda del Senado.

Tineo indicó que, por tanto, el debate sobre la actualización de los salarios no forma parte del análisis presupuestario actual.

Se estudia proyecto

Ese proyecto, autoría del senador opositor Félix Bautista y depositado en marzo de 2025, propone modificar el artículo 296 del Código Tributario para actualizar los tramos del impuesto sobre la renta de las personas físicas. De aprobarse, los niveles de ingresos exentos y las tasas progresivas cambiarían.

En la legislación vigente, los asalariados pagan sobre su renta neta gravable las siguientes tasas anuales:

  • Hasta 399,923.00 pesos anuales: exentos.
  • De 399,923.01 a 599,884.00 pesos: 15 %.
  • De 599,884.01 a 833,171.00 pesos: 20 %.
  • De 833,171.01 pesos en adelante: 25 %.

El proyecto en discusión propone elevar esos tramos para reflejar el efecto acumulado de la inflación desde 2017. La nueva escala quedaría así:

  • Hasta 558,232.00 pesos anuales: exentos.
  • De 558,232.01 a 837,347.00 pesos: 15 %.
  • De 837,347.01 a 1,162,982.00: 20 %.
  • De 1,162,982.01 de pesos en adelante: 25 %.

El Código Tributario actual, en su párrafo I del artículo 296, dispone que la escala debe ajustarse cada año conforme a la inflación publicada por el Banco Central, pero esa disposición no se cumple desde hace ocho años.

La falta de indexación provocó que la oposición, especialmente el senador de la Fuerza del Pueblo, Omar Fernández, reclamara su aplicación por los altos costos de la canasta básica familiar.

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