La Dirección General de Migración (DGM) informó que a partir del 1.º de diciembre de 2025 entra en vigencia la prórroga del ordinal segundo de la Resolución DGM-01-2024, que mantiene las facilidades de ingreso turístico para ciudadanos de países específicos y para extranjeros con documentación válida en esos mismos territorios.
La disposición autoriza el ingreso a la República Dominicana, con fines exclusivamente turísticos, a nacionales de la Unión Europea, Inglaterra, Canadá, Estados Unidos, Brasil, Chile, Argentina, Colombia y Ecuador. También podrán entrar ciudadanos de otros países que cuenten con documentación legal vigente que les permita ingresar a cualquiera de esas naciones.
Condiciones y vigencia del pasaporte para turistas
El artículo referido reza: «Se autoriza, como al efecto autorizamos, a que los nacionales de los países que componen la Unión Europea, Inglaterra, Canadá, Estados Unidos de América, Brasil, Chile, Argentina, Colombia y Ecuador, y a que los extranjeros de otros países que tengan la capacidad legal de ingresar a los países antes referidos, que ingresen a la República Dominicana, con fines turísticos exclusivamente, puedan hacerlo con sus pasaportes válidos y vigentes, siempre que éstos mantengan su vigencia durante su permanencia y salida del territorio dominicano».
Migración aclaró que, de manera excepcional, el pasaporte de estos visitantes solo deberá estar vigente durante su permanencia en el territorio dominicano, sin exigir la regla usual de seis meses de validez previa.
La institución señaló que esta medida busca facilitar los viajes y agilizar los procesos de admisión para turistas que cumplan con los requisitos establecidos.
La prórroga tendrá una duración de un año, desde el 1.º de diciembre de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2026.
Migración recordó que, aunque la medida flexibiliza requisitos, los controles regulares de seguridad y verificación migratoria continúan aplicándose a todos los pasajeros.