SANTO DOMINGO.– El proyecto de ley sometido por la diputada del Partido Revolucionario Moderno (PRM), Mirna López, que busca impedir que extranjeras embarazadas con más de seis meses y en condiciones migratorias irregulares sean admitidas en el territorio nacional, aún no ha sido conocido por el pleno de la Cámara de Diputados.
Con esta propuesta se busca establecer mecanismos de control migratorio en hospitales y clínicas del país ante la creciente presión de distintos sectores que reclaman mayor regulación en el acceso a los servicios de salud.
La iniciativa que aún no ha sido remitida a estudio de comisión tiene como objetivo modificar las leyes General de Migración 285-04; General de Salud 42-01; de Servicio Nacional de Salud 123-15 y 137-03 sobre Tráfico Ilícito y Trata de Personas.
La legisladora propone reformular el artículo 15 de la Ley de Migración para que se le agregue que mujeres extranjeras con más de seis meses de embarazo no podrán ser admitidas en territorio nacional.
Asimismo, la iniciativa busca modificar el artículo 124 para que la DGM pueda ejecutar procesos de deportación de personas extranjeras en situación migratoria irregular, incluyendo pacientes o mujeres embarazadas, siempre que se haya garantizado su estabilización médica y que no
existan razones humanitarias excepcionales ni indicios de trata de personas.
También plantea la reformulación del artículo 2 de la Ley de Salud para que quede establecido que todo extranjero en condición migratoria irregular tiene derecho a recibir atenciones médicas en situaciones de emergencias.
Sin embargo, esto no significa que el Estado tendrá la obligación de garantizar la permanencia migratoria ni cobertura plena a personas extranjeras en situación migratoria irregular, una vez estabilizada su condición de
salud.
Con la modificación a la Ley del Servicio Nacional de Salud lo que se persigue es asegurar que en casos de personas extranjeras en situación migratoria irregular, la gratuidad de los servicios se limite a la atención de
emergencia y estabilización médica, sin que esto implique impedimento alguno para la posterior aplicación de medidas migratorias legales.
En uno de los considerando esta normativa señala que la «presión migratoria irregular ha impactado de manera significativa el sistema de salud pública nacional, comprometiendo los recursos asignados a la población domiciliaria».
En el proyecto se plantea también la reformulación del artículo 10 de la Ley de Tráfico Ilícito y Trata de Personas para adicionarle un párrafo que diga:
“Las víctimas de trata de personas recibirán atención física, psicológica y
social, así como asesoramiento e información con respecto a sus derechos. Esta asistencia la
proporcionarán las entidades gubernamentales competentes en coordinación con organizaciones no gubernamentales y otros sectores de la sociedad civil’.
Asimismo, se agregaría un segundo párrafo que establecería que «las personas extranjeras en situación migratoria irregular no serán
consideradas automáticamente como víctimas de trata por el solo hecho de encontrarse embarazadas o enfermas, salvo indicios fundados de coacción, explotación o tráfico ilícito.»
Esta normativa legislativa entraría en vigencia una vez sea aprobada en el Congreso y promulgada por el Poder Ejecutivo, según lo establecido en la Constitución de la República.