El Segundo Tribunal del Distrito Nacional ordenó que 21 solicitudes se presenten ante la nueva jueza, garantizando el debido proceso en el caso.
- El tribunal ordenó reponer 21 solicitudes reservadas antes de continuar el juicio.
- La nueva jueza Jarolyn Rosario López no asistió a audiencias celebradas entre enero y junio.
- Claribel Nivar Arias salió del caso tras ser ascendida a presidenta de la Cámara Penal.
Santo Domingo.- El Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional ordenó este lunes que las 21 solicitudes que había reservado para el final del proceso se presenten nuevamente ante la nueva jueza, antes de continuar el juicio.
Así acogió el pedido del Consejo de Defensa del ex procurador general Jean Alain Rodríguez y de las defensas de más de diez coimputados del mismo proceso.
Cambio de jueza reabre 21 incidentes
El cambio de jueza lo dispuso el Poder Judicial. La magistrada Claribel Nivar Arias, quien presidía el
tribunal, fue ascendida a presidenta de la Cámara Penal del Distrito Nacional y esta salió del caso.
En su lugar entró la magistrada Jarolyn Elizabeth Rosario López, trasladada y ascendida desde un juzgado de paz, quien no estuvo presente en ninguna de las audiencias celebradas entre enero y junio de este año.
Durante la audiencia, las defensas presentaron el título de cada una de las 21 solicitudes y la
resolución en la que el propio tribunal había ordenado que se debatieran de forma oral y que las
decidieran sus tres juezas juntas, debate en el que la nueva jueza no participó.
Según las defensas, la nueva magistrada debe conocer las violaciones al debido proceso que se denuncian, porque las pruebas cuestionadas deben ser excluidas de un eventual juicio: se obtuvieron sin autorización de un juez o fuera de los plazos que fija la ley; las recogieron fiscales recusados o sin calidad para hacerlo y no pudieron ser rebatidas, porque se negó a las defensas la posibilidad de aportar pruebas en contrario, entre otras razones.
Las defensas sostuvieron, con razón, que quien no escuchó ese debate no puede decidirlo solo
leyendo documentos, porque eso viola los principios de oralidad e inmediación del proceso penal.
El tribunal les dio la razón: la magistrada Rosario López conocerá esas denuncias de primera mano antes de que pueda incorporarse una sola prueba a un eventual juicio. Las defensas valoraron la decisión como una garantía para todas las partes y para la validez del proceso.
Más demora en un proceso vencido
Más demora, sin culpa de las defensas. El caso tiene ya más de seis años, desde su inicio el 21 de
agosto de 2020.
En agosto pasado, el mismo tribunal no declaró extinguido el proceso, pero reconoció que el plazo máximo que fija la ley ya está vencido y que las defensas no han provocado dilaciones. El cambio de jueza es una decisión del Poder Judicial, en el ejercicio de sus atribuciones.
El tiempo adicional que exija ponerla al día se suma a esa demora y no es atribuible a los imputados.
Es, sin embargo, un paso necesario: la única forma de evitar que, más adelante, todo lo actuado sea
anulado.
