El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), mediante la resolución 624-02, estableció el Fondo Especial para Programas Prioritarios de Salud Pública (FONSAP), responsable de gestionar las compras de medicamentos para el tratamiento de la tuberculosis, el VIH y la hepatitis B.
Este fondo deberá aplicar mecanismos de negociación y compra conforme al esquema de financiamiento basado en los regímenes subsidiado, contributivo y los planes de pensionados y jubilados.
El fondo también contempla la compra conjunta internacional de medicamentos, para este proceso, el CNSS instruyó a la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) a transferir los recursos correspondientes al Ministerio de Salud Pública a través del FONSAP, con el fin de adquirir los medicamentos antirretrovirales y los destinados al control de la tuberculosis y la hepatitis B.
Según lo aprobado, se destinarán RD$1.49 para cubrir los medicamentos contra la tuberculosis y RD$3.56 para los antirretrovirales del VIH y la hepatitis B. Estos recursos serán transferidos mensualmente al FONSAP, la resolución indica que el fondo manejará las compras de medicamentos para dichos tratamientos y se financiará con un aporte mensual por población afiliada de RD$5.05.
El CNSS dispuso que en el primer año de operación del fondo, el Ministerio de Salud Pública asumirá la totalidad de la compra anual de medicamentos para la población afiliada y no afiliada, por un período de 21 meses, que incluye 12 meses de consumo y nueve meses de reserva.
En los años siguientes, el modelo funcionará como fondo de auto reposición. En este esquema, la TSS recaudará los recursos mensualmente y transferirá al Ministerio de Salud Pública el monto total para la compra anual, con base en una factura presentada por la institución.
El CNSS también instruyó a la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) a diseñar, en un plazo de tres meses, una propuesta para estructurar un Fondo para Medicamentos de Alto Costo. Esta propuesta deberá incluir un costeo inicial basado en medicamentos priorizados por el Ministerio de Salud Pública y los mecanismos operativos necesarios para su implementación.
Asimismo, la SISALRIL deberá presentar un mecanismo para contener costos en medicamentos ambulatorios mediante precios tope de cobertura, prescripción y dispensación de genéricos y biosimilares, también en un plazo de tres meses a partir de la resolución.