
El Partido Revolucionario Moderno (PRM) impuso a Jacqueline Fernández Brito como candidata a diputada, por encima de sentencias que beneficiaban a la señora Dayna Manzano de Los Santos.
Fernández fue electa diputada y en la actualidad se encuentra separada de Estaffani José «Ethian» Vásquez Amarante, pedido en extradición por los Estados Unidos acudado de narcotráfico.
Según la sentencia del Tribunal Superior Electoral TSE/0087/2023, presentada por la periodista Edith Febles, en el programa “El Día” que se transmite por Telesistema Canal 11, Manzano de Los Santos interpuso un recurso ante ese órgano, tras ser sacada de la boleta del PRM como candidata a diputada y en su lugar ese partido colocara a Jacqueline Fernández Brito.
El impasse, de acuerdo al documento, surgió en octubre de 2023 cuando el partido de gobierno, a través del “Centro Económico del Cibao”, realizó una encuesta para determinar quiénes serían sus candidatos a diputados por La Romana, saliendo victoriosa Dayna Manzano de Los Santos, quien inscribió su candidatura.
Ante esto, la Comisión Nacional de Elecciones Internas (CNEI) del PRM dictó la Resolución 058, de fecha trece (13) de octubre de 2023, que declaraba a Wandy Modesto Batista Gómez, en la posición 1 y Dayna Manzano de los Santos y posición 2 como ganadores.
Cinco días después, el 19 de octubre de 2023 el CNEI emitió la Resolución No. 061 que ordenaba la realización de nuevas encuestasen la provincia La Romana justificado que recibió una reclamación de Jacqueline Fernández “precandidata a diputada por la provincia La Romana”, para revisar los precandidatos que fueron encuestados por la firma Centro Económico del Cibao, ya que ella no fue encuestada como precandidata.
El PRM establece que hay “un error” que se atribuye a la firma encuestadora y autoriza a Gallup Dominicana que realice otra encuesta desde el viernes 20 al lunes 23 de octubre del 2023 y que en la misma se incluya a Jacqueline Fernández Brito.
Los resultados dieron como ganadores a Jacqueline Fernández, en el primer puesto; Vladimir Cedeño, hijo del diputado Eugenio Cedeño, en el puesto 2 y Wandy Modesto Batista Gómez, en el 3. Este orden estuvo contenido en la resolución 062, del 25 de octubre de ese año.
Al verse fuera de la boleta electoral, Dayna Manzano de Los Santos somete un recurso ante el Tribunal Superior Electoral (TSE) para que la reconozcan como candidata a diputada por La Romana. Este órgano aceptó que hubo “violaciones a los derechos fundamentales” en contra de Manzano de Los Santos, y ordenó sea elegida como candidata y que se elimine a la actual diputada.
“DEJA sin efecto la Resolución No. 061, únicamente, en lo referente a la celebración de una nueva encuesta en base a “un error” respecto a la precandidatura de Jacqueline Fernández; y, en consecuencia, se ORDENA la exclusión de la ciudadana Jacqueline Fernández de la declaratoria de precandidatos ganadores a nivel de diputaciones de la provincia La Romana, establecida en la Resolución No. 062, que reconfiguraba la lista de ganadores en dicha demarcación. En consecuencia, RESTAURA el derecho adquirido de la ciudadana Dayna Manzano de los Santos, establecido en la Resolución No. 058 emitida por la Comisión Nacional de Elecciones Internas (CNEI), que la declara ganadora a un puesto de candidata a diputada por la provincia La Romana, con los efectos y consecuencias que pueda generar el mismo a los fines de inscripción de candidaturas a cargos de elección popular. Todo lo anterior en aplicación de una tutela judicial diferenciada en favor de la accionante”, dice el punto noveno de la sentencia dada el 16 de noviembre de 2024.
No conforme con la decisión del Tribunal Superior Electoral (TSE), Jacqueline Fernández Brito sometió un recurso, el 5 de febrero de 2024, ante el Tribunal Constitucional (TC) para que anule la sentencia que la eliminaba de la boleta.
En sus explicaciones el TC indicó que no pudo determinar la “veracidad de los resultados de la segunda encuesta” en la que se incluía a Fernández Brito, “por dos aspectos, primero, la falta de identificacióń de la fuente o bien la falta de algún identificativo de la firma encuestadora que dotara de credibilidad la prueba. Segundo, la integridad de la prueba, pues la misma fue aportada cortada, planteándose cuestionamientos sobre la integridad del documento”.
Al solicitar el TC nueva vez la documentación de las encuestadoras comprobó que “Jacqueline Fernández sí fue medida o ponderada en las encuestas, no por el puesto de diputada, sino por el cargo de alcalde, obteniendo el segundo lugar”. Por lo que “no se trató de un error”, como argumentó el PRM.
“Este Tribunal llega a la conclusión de que la señora Jacqueline Fernández inscribió originalmente su precandidatura para competir por el puesto de alcalde y produjo una serie de actos de precampaña en dicho nivel de elección. No obstante, al ser medida en los trabajos de campo realizados en el mes de septiembre por la empresa Centro Económico del Cibao no resultó ganadora”, establece el TC.
Ante estos y otros argumentos, el Tribunal Constitucional rechazó la sentencia de amparo interpuesta por la actual diputada y confirmaba la sentencia dictada por el TSE a favor de Dayna Manzano de Los Santos.
¿HUBO NEGOCIACIÓN?
“Lo que tengo entendido es que hubo una negociación en el partido para que la señora Manzano diera un paso a un lado y fuera designada en un cargo público, como al efecto fue designada y el PRM resolvió sus asuntos y nos trajo a la candidata Jaqueline Fernández”, dijo la periodista Edith Febles en su comentario de esta mañana.
Manzano de los Santos fue designada mediante el decreto 147-25, del 21 de marzo de 2025, como vicecónsul de la República Dominicana en París,