La Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental (DIGEIG) advirtió que, a partir de septiembre de este año, comenzará a aplicar sanciones a las instituciones públicas que no alcancen un mínimo de 85 puntos en las evaluaciones de sus portales de transparencia, conforme a lo dispuesto en el Decreto No. 166-25, emitido por el presidente Luis Abinader.

La directora de la DIGEIG, Milagros Ortiz Bosch, precisó que la medida busca garantizar el cumplimiento estricto de la Ley No. 200-04 sobre Libre Acceso a la Información Pública, así como reforzar la cultura de integridad en el ejercicio de la función pública. Según explicó, los servidores que incumplan con sus responsabilidades informacionales serán excluidos del pago de compensaciones extraordinarias y podrían enfrentar sanciones administrativas, que incluyen inhabilitación para ocupar cargos públicos y, en casos graves, prisión.

Ortiz Bosch subrayó que la nueva normativa tiene un enfoque preventivo y correctivo en la lucha contra la corrupción y la impunidad. “La Ley No. 200-04 garantiza el derecho ciudadano a conocer cómo se invierten los recursos públicos. Por eso, darle cumplimiento implica también que el Estado esté obligado a ofrecer datos de forma eficiente, actualizada y en formatos que puedan ser reutilizados por la población”, afirmó.

La disposición establece que los niveles de cumplimiento en transparencia serán integrados a los acuerdos de desempeño individual de los servidores públicos, bajo la supervisión del Ministerio de Administración Pública (MAP). Específicamente, las metas de transparencia representarán 16 puntos dentro del puntaje total de evaluación de los funcionarios.

Para operacionalizar estas medidas, la DIGEIG distribuirá una matriz de responsabilidad informacional a todas las instituciones del Poder Ejecutivo, detallando qué información debe publicarse, quién es el responsable de entregarla, con qué frecuencia y en qué formato. Las instituciones tendrán un plazo de 30 días laborables para completarla y remitirla, junto con los criterios de verificación.

Otro aspecto clave es el uso obligatorio del Portal Único de Solicitud de Acceso a la Información Pública (SAIP), que funcionará como la plataforma oficial para gestionar y dar seguimiento a todas las solicitudes ciudadanas, centralizando los procesos de transparencia activa y pasiva.

Según la DIGEIG, estas medidas aplicarán a todos los órganos y entes de la administración pública central y descentralizada bajo la dependencia del Poder Ejecutivo, y buscan consolidar una cultura de rendición de cuentas basada en datos abiertos y gestión responsable de la información.

La doctora Ortiz Bosch recordó además que los incumplimientos reiterados podrán ser sancionados no solo administrativamente, sino también conforme a lo que establece la Ley No. 41-08 de Función Pública, lo cual refuerza el carácter vinculante de estas disposiciones dentro del marco jurídico nacional.

La DIGEIG aseguró que los lineamientos del Decreto No. 166-25 se implementarán bajo un esquema de supervisión continua y acompañamiento técnico, con el objetivo de fortalecer el acceso a la información pública, la transparencia y la confianza ciudadana en las instituciones del Estado.

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