La Junta Central Electoral (JCE) aclaró que las firmas encuestadoras debidamente certificadas, podrán realizar encuentras o sondeos de boca de urna, siempre que las mismas sean depositadas en el órgano electoral en sobres cerrados y sellados o lacrados, y hayan cumplido con los requisitos exigidos por la institución, cuyos resultados no podrán ser divulgados.

Más temprano, el gobernante Partido Revolucionario Moderno (PRM) se había quejado del comunicado de la JCE, alegando que la Ley Orgánica de Régimen Electoral permite la realización de encuestas a boca de urna.

”Las firmas encuestadoras debidamente certificadas, podrán realizar encuentras o sondeos de boca de urna, siempre que las mismas sean depositadas en la Junta Central Electoral en sobres cerrados y sellados o lacrados, y hayan cumplido con los requisitos exigidos por la Junta Central Electoral, cuyos resultados no podrán ser divulgados”, indicó JCE .

El órgano electoral expresó  que las encuestas o sondeos de boca de urna deberán realizarse de manera tal que no violen ni vulneren el derecho y el deber, relativo al secreto del voto establecido en esta ley.

Explicó  a los Partidos Políticos, así como a las firmas encuestadoras y a la sociedad en general, que este  domingo 19 de mayo de 2024, no está permitida durante el desarrollo de la jornada electoral y hasta la emisión del boletín definitivo de los resultados electorales, la divulgación, publicación o difusión de encuestas a boca de urna o “exit poll”, en ningún medio de prensa, comunicación o redes sociales.

Subrayó que las  mismas son para el consumo interno de los Partidos Políticos y Candidatos (as) y reitera que, en fecha 13 de mayo de 2024, el Pleno de la Junta Central Electoral dictó la Resolución No. 40-2024 que establece el protocolo para la emisión y divulgación de boletines electorales en las Elecciones Ordinarias Generales Presidenciales y Congresuales de 2024, en virtud de la cual este órgano electoral emitirá los resultados oficiales de las elecciones.

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